El Consejo de Ministros, celebrado hoy martes ha aprobado hoy un real decreto por el que se regula el procedimiento para determinar las denominaciones comerciales nacionales de alimentos en conserva y preparados de los productos de la pesca y de la acuicultura.
El objetivo es establecer un marco legal sólido en el ámbito de las denominaciones comerciales y dar respuesta a las obligaciones comunitarias de garantizar al consumidor un alto nivel de protección y su derecho a la información. También se tienen en cuenta las necesidades de actualización y clarificación de la normativa nacional, especialmente necesario en el ámbito de los preparados y alimentos en conserva.
Alimentos en conserva y preparados de pescado
La nueva norma también establece las bases para la publicación periódica de listados de denominaciones comerciales para productos frescos, congelados, ahumados y salados, entre otros, así como para conservas y preparados, en todo el territorio nacional. Por su parte, las denominaciones comerciales reconocidas en los listados que publiquen las distintas comunidades autónomas serán complementarias a la denominación comercial nacional en sus respectivos territorios, sin que puedan sustituir a las denominaciones nacionales.
En definitiva, la nueva norma responde a varios problemas y objetivos:
- Adaptar las denominaciones comerciales a la realidad actual en cuanto a la taxonomía —especies, nombre científico y comercial—, ya que los productos transformados y las prácticas del mercado han cambiado desde la regulación de 1984.
- Garantizar que la información que reciben los consumidores sea clara, veraz y no engañosa: que el nombre refleje realmente lo que hay dentro respecto especie, tipo de producto, preparación, etc. En este sentido, las conservas y preparados de pescado/marisco deberán usar únicamente las denominaciones comerciales autorizadas oficialmente, no pudiendo usar nombres que induzcan a error sobre la especie, contenido o preparación como, por ejemplo, etiquetar como ‘calamares en salsa’ cuando la materia prima corresponde a pota, no a calamar, por lo que ahora deberán llamarse ‘pota en salsa’.
- Favorecer la trazabilidad, la seguridad jurídica y la coherencia normativa con la reglamentación comunitaria.


