Ayer martes, 23 de julio, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Utiel-Requena se ha reunía de urgencia para estudiar la reciente y desfavorable sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), una resolución que el Pleno del Consejo considera inadmisible y, por tanto, recurrirá al Supremo.
El conflicto se inició cuando la Conselleria de Agricultura de la Generalitat Valenciana dictó dos órdenes que recogen el reglamento y pliego de la DOP Valencia en los que se incluyeron como demarcación geográfica propia de la DOP Valencia los nueve términos municipales que forman parte de la DOP Utiel-Requena y se incluyeron también más de una veintena de los términos municipales de la DOP Alicante, dos órdenes ante las que tanto la DOP Utiel-Requena como la DOP Alicante presentaron un recurso en 2011 ante el TSJCV.
“Por si no fuera poco, además, en el artículo 16 del reglamento recurrido se incluyeron como inscritas en su registro de viñedo todas las parcelas inscritas en el Registro Vitícola de la Comunidad Valenciana, menospreciando la voluntad de los verdaderos propietarios de la tierra, que son los viticultores, ninguno de los cuales han inscrito a día de hoy sus viñedos en la DOP Valencia”, comentan desde la DOP Utiel-Requena, añadiendo que “la DOP Valencia, en 2011, para justificar en su pliego de condiciones la situación que ya venía realizando desde hace tiempo de embotellar vinos procedentes de otras Denominaciones de Origen distintas a la suya como si fueran propios —lo que está rigurosamente prohibido en la norma comunitaria— optó, con la complicidad de la Conselleria de Agricultura de entonces, y sin reparo alguno de incorporar los términos municipales de las otras dos Denominaciones como si fueran propios, aprovechando que existían acuerdos de cesiones de vino desde el año 1995 y 2001 entre las denominaciones de origen que han sido utilizados la DOP Valencia para generar una zona geográfica simulada hecha a medida de sus necesidades comerciales”.
Sobre este escenario de hechos, en diciembre de 2015 el TSJCV inadmitió los recursos presentados por las Denominaciones Utiel-Requena y Alicante, decisión que posteriormente fue corregida y anulada por el Tribunal Supremo en sentencia de marzo de 2019. Sin embargo, el TSJCV ha vuelto a desestimar los recursos, sosteniendo, entre otras consideraciones, que “se pueden utilizar uvas de las inmediaciones de una denominación de origen para hacer vinos bajo el nombre de otra distinta”.
Ante esta situación, ayer martes se reunió de urgencia el Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Utiel-Requena para estudiar la reciente y desfavorable sentencia dictada por el TSJCV, acordando por mayoría interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por entender que “la sentencia es inadmisible, no ajustada a derecho y contraria a lo que significa una Denominación de Origen como valor potencial dentro de un territorio perfectamente definido y también lo que significa para el consumidor la figura de calidad que todos conocemos como Denominación de Origen”.
