La Comisión Europea y el Gobierno de Guinea Bissau, tras complicadas negociaciones a lo largo de esta semana, han firmado un nuevo Protocolo de pesca que permite a la flota seguir faenando en aguas de este país durante 3 años a partir de la expiración del actual Protocolo, el 15 de junio de 2012. De […]
La Comisión Europea y el Gobierno de Guinea Bissau, tras complicadas negociaciones a lo largo de esta semana, han firmado un nuevo Protocolo de pesca que permite a la flota seguir faenando en aguas de este país durante 3 años a partir de la expiración del actual Protocolo, el 15 de junio de 2012.
De los 40 buques españoles que el 16 de junio tendrían que haber abandonado el caladero guineano en caso de no haber llegado a un acuerdo, 11 son arrastreros cefalopoderos de origen gallego, 9 son marisqueros andaluces, 7 atuneros cañeros vascos y 13 atuneros cerqueros congeladores, igualmente del País Vasco.
El principal escollo para llegar a una acuerdo, era el establecimiento de la contrapartida financiera, que ascenderá, finalmente, a 9.200.000 €/año. El reparto entre acceso y apoyo sectorial queda por acordar.
Modificaciones al actual Protocolo
El nuevo Protocolo incluye una serie de modificaciones que ya habían sido comunicadas al sector. En relación con las categorías de pesca, quedan tal como estaban en las fichas del Protocolo actual, no obstante, las posibilidades de pesca se reajustan al alza o a la baja según los casos, a tenor de la utilización de estos últimos años.
En cuanto a las condiciones técnicas, se ha adaptado el capítulo sobre VMS para adaptarlo al sistema comunitario. En el mismo sentido, se establece un periodo de transición hasta el 1 de enero de 2013 para la transmisión electrónica de datos mediante el diario electrónico (DEA). El número mínimo de marineros de Guinea Bissau queda fijado en el mismo que se acordó para el Protocolo actualmente vigente.
Los porcentajes de capturas accesorias también se mantienen, si bien se establece que las dos Partes se consultarán en el seno de la Comisión Mixta para adaptar dicho porcentaje o actualizar la lista de especies sobre la base de las recomendaciones del Comité Científico Conjunto.
Para las flotas atuneras, de conformidad con las resoluciones de ICCAT, se añade la prohibición de capturar determinadas especies de tiburones (Alopias superciliosus, familia de los tiburones martillo, Carcharinus longimanus y Carcahrinus falciformis).