El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha decretado el confinamiento de las aves de cría en zonas de especial riesgo y vigilancia para evitar la propagación de la gripe aviar.

A partir de mañana lunes, 10 de noviembre, el Ministerio aplicará una serie de medidas de refuerzo adicionales para prevenir la propagación del virus de la gripe aviar —o influenza aviar— ante la constatación esta semana de un aumento del riesgo por varias razones: la proliferación de casos en Europa, sobre todo en aves silvestres, el incremento en los movimientos de aves migratorias y el descenso de las temperaturas.

Alarma de gripe aviar

Entre estas medidas se incluye el confinamiento de las aves de corral en aquellas zonas consideradas de especial riesgo y de especial vigilancia: 1199 municipios de Andalucía (197), Aragón (128), Canarias (1), Cantabria (31) Castilla y León (250), Castilla-La Mancha (18), Cataluña (224), Comunidad de Madrid (16), Comunidad Valenciana (138), Extremadura (99), Galicia (40), Islas Baleares (14), La Rioja (6), Navarra (12) País Vasco (6), Principado de Asturias (8), Región de Murcia (11), Ceuta y Melilla.

Además, el ministerio, de acuerdo con las comunidades autónomas, activa la totalidad de las medidas de protección frente a esta enfermedad, que incluyen las siguientes prohibiciones y obligaciones en las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia.

Queda prohibido:

  • La utilización de pájaros de los órdenes anseriformes y charadriformes como señuelo.
  • La cría de patos y gansos con otras aves de corral.
  • La cría de aves de corral al aire libre. Cuando esto no sea posible, la autoridad competente podrá autorizar el mantenimiento de aves de corral al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres. En este caso, las aves tendrán que alimentarse y abrevarse en el interior de las instalaciones o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres y evite el contacto de éstas con los alimentos y el agua destinados a las de corral.
  • Dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que sea tratada a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar.
  • La presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluidos los certámenes los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.
  • Además, los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.

Para el resto del territorios no incluidos en zonas de riesgo, el Ministerio recuerda la necesidad de extremar las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas, especialmente aquellas destinadas a evitar el contacto con aves silvestres, así como reforzar la vigilancia pasiva, y notificar cuanto antes cualquier sospecha de enfermedad a los servicios veterinarios oficiales.

Las medidas concretas detalladas pueden consultarse aquí.

Resumen
La alarma de gripe aviar obliga a confinar las aves de cría en zonas de especial riesgo
Título
La alarma de gripe aviar obliga a confinar las aves de cría en zonas de especial riesgo
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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha decretado el confinamiento de las aves de cría en zonas de especial riesgo y vigilancia para evitar la propagación de la gripe aviar.
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