Recientemente la Unión Europea ha publicado el ‘Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo en relación con las grasas trans en los alimentos y en la dieta general de la población de la Unión’. Ante la trascendencia del tema y los múltiples intereses, los expertos de la Comisión no presentan una fórmula única para atajar las grasas trans, sino distintos escenarios con los que regular este tema.
Según AINIA Centro Tecnológico, a la luz de la legislación alimentaria vigente, a día de hoy el consumidor de la UE estaría en condiciones de deducir del etiquetado de los ingredientes si un producto contiene aceites parcialmente hidrogenados y si, por tanto, puede contener AGT (aceites Grasos Trans) industriales. Si bien es cierto que la capacidad de todos los consumidores no es la misma, y por tanto las autoridades competentes han de velar por facilitar la información de la forma más clara y comprensible para que el consumidor sea consciente y conocedor de los peligros planteados por los AGT.
La Unión Europea ha tomado conciencia del problema que suponen los AGT para la salud de la población, por lo que estudia diversas alternativas con el objeto de controlar el nivel de grasas trans en la dieta de la UE. Las vías exploradas son las siguientes:
¿Medidas UE o medidas nacionales? Esta cuestión es una de las cuatro vías planteadas. Hasta la fecha se ha observado que las medidas nacionales están funcionando bien allí donde se han puesto en práctica, dos ejemplos que el informe expone son Austria y Dinamarca.
Así, por ejemplo, el informe detalla: «Dinamarca informó de que, poco después de la introducción de la normativa, se comprobó que se cumplía bien y que solo se han observado infracciones ocasionales, la mayoría de ellas en alimentos producidos fuera del país. La ingesta media de AGT industriales es muy baja en Dinamarca; se ha calculado que, tras la entrada en vigor de la legislación, es de 0,01-0,03 g/día».
¿Es el etiquetado a través de la declaración obligatoria del contenido de AGT una posible solución? El informe se ha impulsado desde el artículo 30.7 del Reglamento 1169/2011 de información al consumidor. Por lo tanto, el etiquetado, que en caso de ser obligatorio para los AGT, servirá para Incentivar a la industria en el sentido de reducir la presencia de AGT en los productos alimenticios y para facilitar la elección a los consumidores de los alimentos con conocimiento de causa.
Fijación de un límite legal UE de contenido de AGT industriales en los alimentos. Otra de las direcciones que se puede seguir es la de fijar un límite legal para lograr un efecto más directo en la reducción de la ingesta de AGT industriales. Esta alternativa combinada con unos hábitos alimentarios más saludables podría ser una de las más eficaces.
Acuerdos voluntarios para reducir los AGT industriales en los alimentos y dietas. La UE en muchos aspectos de la legislación alimentaria aboga por la autorregulación, este podría ser un caso, ahora bien ¿sería eficaz en el corto plazo? Un ejemplo positivo en esta línea es el de los Países Bajos y la reducción voluntaria y autorregulada del contenido de AGT por parte de las empresas alimentarias. La principal objeción a este planteamiento viene de la gran variedad de países y sociedades en la UE (grado de compromiso público y de responsabilidad social de las empresas alimentarias).
Conclusión
De la lectura del informe, AINIA Centro Tecnológico concluye que la solución no tiene un único camino a seguir, y no está únicamente en manos del legislador. Es necesario que se consideren distintos aspectos para dar con la solución más adecuada:
- Fijación de límites
- Información clara y concreta al consumidor
- Compromiso por parte del sector
- Formación de los consumidores para mejorar sus hábitos alimenticios
- Innovación en la formulación de los alimentos para evitar las AGT industriales.
Según AINIA, la combinación de medidas lleva pensar que, en el caso del etiquetado, la eficacia dependerá de la aportación a la ingesta media de AGT, la capacidad de los consumidores para utilizar adecuadamente la información facilitada por la etiqueta y su disposición para pagar más por alimentos más saludables.
En el caso de un límite legal del contenido de AGT industriales sería la medida más eficaz en lo que respecta a la salud pública, la protección de los consumidores y la compatibilidad con el mercado interior.
En definitiva, debemos esperar a la consulta pública que propone la Comisión y la evaluación del impacto que esta/s medidas podrían tener para ver un desarrollo legislativo al respecto.
