A partir del próximo 13 de diciembre de 2014 entra en vigor la aplicación del reglamento comunitario sobre información alimentaria facilitada al consumidor, que sustituye a la normativa actual sobre etiquetado general de los alimentos.
La nueva norma afecta tanto a aspectos relativos a la información general, como a la información nutricional sobre los alimentos.
Como principal novedad del Reglamento se encuentra el cambio de enfoque en lo relacionado con la información nutricional, que pasa de ser voluntaria a tener carácter obligatorio, aunque esta exigencia no será aplicable hasta diciembre de 2016.
No obstante la norma establece que, cuando esta información se facilite voluntariamente, deberá cumplir los requisitos reglamentarios.
Por lo que se refiere a la información general, el Reglamento mantiene la misma lista de menciones obligatorias exigidas en la legislación actual. Sin embargo sí se han introducido algunas modificaciones relevantes, como la clarificación de responsabilidades para los distintos integrantes de la cadena alimentaria y la mejora de la legibilidad de las etiquetas mediante el establecimiento de un tamaño mínimo de letra.
También contempla la obligatoriedad de nuevas menciones específicas adicionales aplicables a alimentos concretos, especialmente productos cárnicos y pesqueros, cuya correcta aplicación requerirá la adopción de criterios comunes, tanto a escala europea como nacional.