Aunque en la cadena vitivinícola persisten aún ciertas deficiencias en la fijación del precio de los contratos —especialmente en los inicios de las campañas— en los últimos años se está produciendo una mejora en cuanto a la formalización de contratos y en los plazos de pago entre los distintos los distintos operadores del sector del vino.
Así lo han detectado desde la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) que, ante el inicio de la vendimia, advierte de que se trata de una excelente oportunidad de seguir avanzando y anima a los operadores que detecten incumplimientos de la Ley de la Cadena a que pongan las correspondientes denuncias.
La AICA, organismo cuya misión es velar por las relaciones comerciales y los intereses de los distintos operadores que intervienen en la cadena alimentaria, además de controlar el cumplimiento de la ley de la cadena, ha realizado desde 2015 casi un millar de controles en el sector vitivinícola, en concreto 656 inspecciones a viticultores y a las ventas que realizan a los bodegueros, y otras 275 en bodegas para analizar tanto las compras a sus proveedores como las ventas a sus clientes.
Contratos y plazos de pago en el sector del vino
Y una de las consecuencias de estos controles es el continuo proceso de mejora en la contratación, aunque persisten aún en la cadena vitivinícola ciertas deficiencias en la fijación del precio de los contratos, especialmente en los momentos iniciales de las campañas. Por ello, ante el inminente inicio de la vendimia, hace un llamamiento al sector y recuerda que, de acuerdo a la Ley de la Cadena Alimentaria, es obligatorio la formalización de un contrato por escrito antes de la entrega de la uva de vinificación y que el viticultor conozca previamente el precio, que debe ser abonado en el plazo máximo de un mes desde la fecha de entrega.
En este sentido, desde la AICA recuerdan que “no formalizar contratos y pagar fuera de plazo suponen una infracción grave de la Ley de la Cadena Alimentaria” y que, a además, desde la introducción el año pasado de las medidas de reforma de esta norma, “los precios de venta en el primer eslabón no pueden estar por debajo de los costes de producción”.
